Marco Legal de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) en Argentina
La Revisión Técnica Obligatoria (RTO) es un requisito fundamental para garantizar la seguridad vial en Argentina. Sin embargo, es crucial entender que el marco legal que regula esta inspección se define a través de un sistema FEDERAL, donde las PROVINCIAS y MUNICIPIOS tienen la facultad de establecer sus propias disposiciones. A continuación, desglosamos las normativas vigentes y sus implicancias para los propietarios de vehículos.
¡La Ley Nacional de Tránsito dice esto…!
La Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 establece la obligatoriedad de la RTO para todos los vehículos en circulación por el territorio nacional.
Según el Decreto reglamentario 779/95:
- Los vehículos cero kilómetros cuentan con un plazo de gracia de 36 meses para realizar su PRIMERA Revisión Técnica Vehicular (RTO).
En cuánto a la PERIODICIDAD:
- Los vehículos con entre 3 y 7 años deben realizar la RTO cada 24 meses.
- Los vehículos mayores de 7 años, deben realizar la RTO cada 12 meses.
Sin embargo, esta ley señala explícitamente que las provincias pueden definir plazos menores. Esto implica que los propietarios deben estar atentos a las normativas provinciales, que pueden ser más restrictivas.
Peeero la Ley Provincial en Córdoba dice esto otro…
En la provincia de Córdoba, la Ley Provincial N° 8560, ADHIERE a la Ley Nacional de Tránsito y a la necesidad de que todos los vehículos radicados aquí pasen la RTO.
“Todos los vehículos radicados en la jurisdicción de la Provincia de Córdoba deberán tener aprobada la Revisión Técnica Obligatoria (R.T.O.).”
Pero la Ley Provincial, en uso de sus facultades establece en su Decreto reglamentario 318/07 que:
- El plazo de gracia para vehículos cero kilómetros se reduce a 24 meses.
En cuánto a la PERIODICIDAD:
- Córdoba establece que todos los vehículos deben someterse a la RTO cada 12 meses, eliminando el plazo de dos años que podría interpretarse de la ley nacional.
¿Y la regulación Municipal?, mirá porque tiene una Potestad Adicional
Los municipios en Córdoba también tienen la potestad de regular la RTO a través de sus ORDENANZAS DE TRÁNSITO. Como caso referente podemos citar la Ciudad de Córdoba, Jesús María, Colonia Caroya y Villa Allende.
Esto significa que pueden definir plazos aún más cortos para la realización de la inspección. Particularmente para vehículos de transporte público, como remises y taxis, algunas normativas locales los obligan a realizar la revisión cada seis meses o incluso cuatro. Por lo tanto, es esencial que los conductores verifiquen las regulaciones específicas de su municipio.
¿¡Qué pasa si ignoro la RTO!?
Ignorar la obligación de realizar la RTO dentro del marco legal puede acarrear diversas sanciones, incluyendo multas y la imposibilidad de circular con el vehículo. Además, mantener su vehículo en condiciones óptimas es crucial no solo para cumplir con la ley, sino también para garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía. Recuerde que la prevención y el cumplimiento normativo son clave para evitar accidentes y asegurar la movilidad.
Resumiendo…
La regulación de la RTO en Argentina presenta un complejo entramado de leyes que varían desde el ámbito nacional hasta el municipal. En la provincia de Córdoba, los plazos para la RTO son más cortos que en la normativa nacional, y los municipios tienen la autoridad de establecer requisitos adicionales. Te invitamos a acudir a nuestras Plantas de ITV Grupo PITVESA para asegurar que tu vehículo cumpla con todas las normativas vigentes, garantizando así su seguridad y la de los demás en las rutas argentinas. ¡No arriesgue tu bienestar, mantené tu vehículo bajo control!
LA RTO ES OBLIGATORIA EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.